1. Se refuerzan los servicios sociales para que apoyen a las familias en las tareas de cuidados. Consultar Centro de Servicios Sociales más próximo.

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2. Salidas terapéuticas con personas con discapacidad: es posible realizar salidas, siempre que sean necesarias e imprescindibles. Se deberá presentar la documentación acreditativa de la discapacidad (tarjeta del reconocimiento del grado de discapacidad) por si fuera requerida por los agentes de la autoridad. Si se dispone de algún otro informe que acredite la situación, también es conveniente llevarla. (Artículo 7 en su apartado 1, del Real Decreto 465/2020 del 17 de marzo, que modificó al RD 463/2020 de 14 de marzo)

PLENA INCLUSIÓN

3. Plazos Administrativos:

Los plazos de caducidad quedan interrumpidos por el estado de alarma, por tanto, las resoluciones de necesidad de atención temprana y del reconocimiento del grado de discapacidad no se entienden por caducadas. Todo ello conforme a las Disposiciones adicionales 2ª, 3ª y 4ª del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se ha regulado el estado de alarma. Donde se explicita que se paralizan todos los plazos administrativos,procesales, así como prescriptivos o caducidades de cualesquiera acciones y derechos. Asimismo, es posible presentar solicitudes telemáticas.

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COMUNIDAD DE MADRID

TRABAJO SOCIAL

Vigencia del Título de Familia numerosa : El Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, establece que se suspenden todos los plazos de prescripción y caducidad durante el plazo de vigencia del citado estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten, por lo que se consideran activos los títulos de Familia Numerosa. No obstante, si se dispone de certificados digitales se puede tramitar la renovación telemática.

4. Compatibilidad del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave con la prestación por desempleo o cese de actividad que se cobre como consecuencia de un ERTE,en que se haya procedido a la suspensión del contrato o la reducción de jornada derivado del RD 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID 19.(Disposición adicional vigesimosegunda del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo).

5. Renovación recetas sanitarias y medicación hospitalaria: Los pacientes en tratamiento con medicación hospitalaria seguirán recibiendo su medicación desde las farmacias de sus hospitales. Se gestiona un dispositivo de dispensación a domicilio para los pacientes que lo requieran

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6. Suministros:

  • Prohibición de cortes de suministros: los cortes energéticos y de agua en la vivienda habitual estarán prohibidos para el conjunto de la población mientras esté en vigor el estado de alarma.
  • Se amplía el bono social hasta 15 de septiembre para las personas que ya lo tenían reconocido.
  • Si no es beneficiario del bono social, y cumple los requisitos para ello (Nuevos consumidores vulnerables por COVID-19. Teléfono de información: 913 146 673, de lunes a viernes de 09:00 a 14:00h o puedes enviar consultas a ciudadano@idae.es), se puede presentar la solicitud en la empresa comercializadora de energía eléctrica que emita la factura. En la página web del comercializador deben estar disponibles los formularios de solicitud.

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  • El Consejo de Administración del Canal de Isabel II ha aprobado medidas de apoyo económico a usuarios, empresas e instalaciones. La Comunidad de Madrid aplicará bonificaciones en la factura a empresas y particulares afectados por el COVID-1. Los afectados por ERTE verán reducida su factura de agua en casi un 80 % mientras dure su situación de desempleo. Oficina virtual Canal Isabel II

7. Hipotecas y alquileres:

  • Se suspenden los desahucios por alquiler sin alternativa habitacional.
  • Moratoria o rebaja del alquiler (personas en situación de desempleo, dentro de un ERTE, que hayan reducido su jornada por motivo de cuidado de mayores o menores, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares, sufra una pérdida sustancial de ingresos) Las ayudas podrán solicitarse hasta el próximo 2 de mayo.
  • Se prorrogan los contratos de alquileres durante 6 meses.
  • Microcréditos al 0% sin comisión para personas de especial vulnerabilidad.
  • Ampliación moratoria de las hipotecas (también a los locales y oficinas de autónomos), se amplía a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos frente al mes que contemplaba hasta ahora.

8. Medidas extraordinarias Oficina Gestión Tarjeta Transporte Público: Apertura limitada de oficinas (consultar lugar y horario) y límites en la gestión, y compensación en abonos de 30 días no utilizados (está prevista una compensación de la recarga que se hubiese efectuado a partir del 1 de febrero y siempre que solo se haya usado de manera consecutiva tres veces. Una vez que las condiciones de desplazamiento sean “normales”, en el momento de la recarga se procederá a la compensación).

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9. Planes de pensiones: Los partícipes de un plan de pensiones que, como consecuencia de la crisis del coronavirus, estén en situación de desempleo por un ERTE o de cese de negocio, podrán rescatar sus ahorros, bajo una serie de condiciones, con un importe máximo a disponer no superior a los salarios dejados de percibir.